EXTRACTO de la Orden EPE/1804/2021, de 23 de diciembre, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones para personas con discapacidad, previstas en la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción, en el marco del Plan del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
BDNS (Identif.): 602262
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/602262).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que incluyan en sus estatutos de creación (objeto social y/ o misión y/o fines) a las personas con discapacidad como destinatarios de su actividad, y cumplan con los requisitos señalados en el apartado 1 del artículo 2 de la Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre.
Segundo.- Objeto.
La finalidad de estas subvenciones es desarrollar actuaciones, en función de las necesidades y características de cada participante en el Programa, que mejoren sus condiciones de empleabilidad y/o su cualificación profesional, para facilitar y conseguir un resultado cuantificado de inserción laboral, de al menos el 10% de las personas participantes.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre, modificada por la Orden EIE/1591/2018, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los Programas para el desarrollo de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo y los Programas Integrales para la Mejora de la Empleabilidad y la Inserción.
Cuarta.- Cuantía.
Las subvenciones previstas en esta Orden se financiarán con fondos provenientes del Mecanismo de Resiliencia y Recuperación, mediante la distribución territorial de fondos de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de acuerdo con los criterios establecidos en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a un millón cincuenta y tres mil cuatrocientos trece euros (1.053.413 €) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria G/3221/480148/32433 de los créditos previstos en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes junto con la documentación que la acompañe será hasta el día 24 de enero de 2022 inclusive.
Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes de dirigirán al Instituto Aragonés de Empleo presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/programa-integral-mejora-empleabilidad inserción, o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento 1721 "Subvenciones para programas integrales para mejora de la empleabilidad y la inserción (PIMEI)".
Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente y se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro.
Zaragoza, 23 de diciembre de 2021.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.